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Ciudades más sostenibles gracias a las ayudas del IDAE

Ciudades más sostenibles gracias a las ayudas del IDAE

Ya están en marcha las ayudas y financiación para la rehabilitación energética de edificios (Programa PREE). También está en marcha el Plan MOVES II de Incentivos a la Movilidad Eficiente y Sostenible. Estas ayudas están convocadas por las Comunidades Autónomas y coordinados por el IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía). Se trata de lograr ciudades más sostenibles gracias a estas ayudas.

Hemos elaborado dos infografías para intentar ver más claros algunos conceptos de estas ayudas del IDAE. Puedes descargarlas más abajo.

 

PROGRAMA PREE | Rehabilitación energética de edificios para ciudades más sostenibles

El Programa PREE para la rehabilitación energética de edificios está coordinado por el IDAE. Cada Comunidad Autónoma publica su propia convocatoria de ayudas designando el órgano competente para la concesión de las mismas. De esta forma se establece la reserva de presupuesto correspondiente para la realización de inversiones directas para la ejecución de las actividades subvencionadas. Las actuaciones deberán realizarse en edificios completos. La cuantía de la ayuda base será de hasta el 35% del coste elegible, y del 15% para la mejora de los sistemas de iluminación.

El Programa contempla, además, la concesión de ayudas adicionales por criterios sociales, de eficiencia energética o de actuaciones integradas.

El objetivo del PREE es impulsar la sostenibilidad de la edificación existente mediante actuaciones de mejora de la envolvente térmica, la sustitución de instalaciones de generación térmica con combustibles de origen fósil por generación térmica basada en fuentes renovables como la biomasa, la geotermia, la solar térmica o la aerotermia, y la incorporación de tecnologías de regulación y control, así como la mejora en la eficiencia energética en la iluminación.

Actuaciones subvencionables

Serán actuaciones subvencionables aquellas que reduzcan el consumo de energía final al menos en un diez por ciento con respecto a su situación de partida. También deben mejorar la calificación energética total del edificio al menos en una letra. Las actuaciones deberán realizarse en edificios completos o viviendas unifamiliares construidos con anterioridad al año 2007.

El Programa contempla, además, la concesión de ayudas adicionales para aquellos edificios de viviendas que hayan sido calificados de protección pública o estén situados en un Área de Regeneración y Renovación Urbana o Rural. También para viviendas unifamiliares que dispongan del bono social. Y para actuaciones que eleven la calificación energética del edificio para obtener una clase energética «A» o «B» o incrementen en dos letras la calificación energética de partida. Y en actuaciones integradas que combinen dos o más tipologías de actuación, siempre que una de ellas sea sobre la envolvente térmica del edificio.

Los destinatarios últimos de las ayudas podrán ser personas físicas o jurídicas propietarias de edificios existentes, comunidades de propietarios, empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios, empresas de servicios energéticos, entidades locales y el sector público institucional, además de comunidades de energías renovables o comunidades ciudadanas de energía.

Se podrán presentar solicitudes en las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla. La fecha establecida en sus convocatorias es hasta el 31 de julio de 2021.

DOTACIÓN PRESUPUESTARIA: 300.000.000 €. BASES REGULADORAS: Las bases reguladoras de este Programa se regirán por Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto.

Puedes descargar la infografía que hemos realizado en Omawa en este enlace:

PROGRAMA PREE PARA LA REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS

Ahora es más fácil lograr ciudades más sostenibles gracias a las ayudas del IDAE.

 

PLAN MOVES II | Un impulso a la movilidad eficiente y sostenible

Por otro lado, el Plan o Programa MOVES II (Incentivos a la Movilidad Eficiente y Sostenible), es una nueva línea de ayudas cofinanciadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). Esto se encuentra dentro del Programa Operativo Plurirregional de España 2014-2020 (POPE). Esta primera edición del Plan MOVES, finalizó el pasado 31 de diciembre de 2019.

Esta segunda edición se encuentra en vigor desde su publicación en el BOE el 17 de junio de 2020 y se enmarca dentro del Plan de Impulso de la Cadena de Valor de la Industria de la Automoción. Además, se han modificado algunos requisitos de la primera edición con la finalidad de lograr una mejor ejecución de los fondos destinados al programa, contribuyendo a los objetivos de descarbonización del sector transporte establecidos en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima, PNIEC 2021-2030. Las principales modificaciones están relacionadas con el incremento de la dotación presupuestaria, la opción de achatarrar un vehículo con más de 7 años de antigüedad, la ampliación en el precio máximo de vehículos pesados de gas y otorgar una mayor flexibilidad a Ceuta y Melilla. Se les reconoce un porcentaje del presupuesto para gastos de gestión del programa.

¿Qué se financia a través del Programa Moves II?

A través del Plan Moves II se subvenciona la adquisición directa de vehículos nuevos que hayan sido matriculados por primera vez en España a nombre del destinatario final de las ayudas. Esto puede realizarse por medio de operaciones de financiación, leasing financiero o por renting,  Sólo en casos de renting, la matriculación podrá hacerse a nombre de la empresa que realice el arrendamiento del vehículo.

También se subvenciona la compra de vehículos eléctricos o de pila de combustible que se encuentren dentro de las categorías M1 y N1 que tengan como máximo 9 meses de antigüedad. La antigüedad se cuenta desde la fecha de su primera matriculación hasta la fecha de registro de la solicitud de ayuda. En este último caso, la titularidad del vehículo deberá ser propiedad del concesionario, punto de venta o fabricante/importador que realice la venta del vehículo al destinatario final de la ayuda.

El Plan MOVES II estará coordinado por el IDAE y gestionado por las comunidades y ciudades autónomas, que deberán realizar las convocatorias correspondientes en sus territorios.

Uno de los aspectos singulares de la nueva edición del MOVES es que la compra de cualquier tipo vehículo (*), incluidas las motos, realizada por particulares, podrá acogerse a los beneficios de las ayudas desde el mismo día de la entrada en vigor del Real Decreto 569/2020, de 16 de junio.   

Beneficiarios del Plan Moves II

Podrán beneficiarse del Plan MOVES, y ser destinatarios de las ayudas, aquellos cuya residencia fiscal se encuentre establecida en España y sean:

  • Personas físicas mayores de edad, excepto en casos de discapacidad, donde el destinatario final de las ayudas podrá ser menor de edad.
  • Personas físicas que desarrollen actividades económicas y que estén dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • Comunidades de propietarios.
  • Personas jurídicas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo NIF comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, R o W.
  • Entidades locales conforme al artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y el sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

DOTACIÓN PRESUPUESTARIA: 100.000.000 €. BASES REGULADORAS: Las bases reguladoras de este Programa se regirán por Real Decreto 569/2020, de 16 de junio.

Puedes descargar la infografía que hemos realizado en Omawa en este enlace:

PLAN MOVES II PARA LA MOVILIDAD SOSTENIBLE

 

 (*) Real Decreto 587/2020, de 23 de junio. Disposición final primera, modifica las Bases reguladoras. Permitendo la adquisición de cualquier categoría de vehículo, incluidas las motos. Para particulares sin actividad profesional desde el 18 de junio de 2020. Serán elegibles en el Programa MOVES II. Las adquisiciones no obstante, deberán registrarse en las convocatorias correspondientes y cumplir el resto de requisitos fijados en las Bases reguladoras del Programa MOVES II. Establecidas por Real Decreto 569/2020, de 16 de junio.

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